Doctrina y Jurisprudencia
TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL
TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL
Resolución de 06201/2011/00/00 de 03/07/2014
Entidades disueltas y liquidadas. Deudas tributarias pendientes. Transmisibilidad de las sanciones.
Las sanciones impuestas a personas jurídicas –disueltas y liquidadas, en el caso- no son transmisibles a los sucesores. Esta Resolución cambia el criterio fijado en la de 18 de diciembre de 2008, RG 7465/2000 (unificaciones de criterio) a la luz de las últimas sentencias del Tribunal Supremo.